domingo, 4 de enero de 2015

LEY DE NO REELECCIÓN NO IMPEDIRÁ POSTULAR A AUTORIDADES RECIÉN ELEGIDAS

El miércoles 22 de octubre del 2014, el pleno del Congreso aprobó la no reelección de los presidentes regionales y alcaldes del país. Previamente el tema fue debatido por tres horas.
Por tratarse de una reforma constitucional (artículos 191, 194 y 203 de la Carta Magna), se requiere una segunda votación calificada superior a los 87 votos, la misma que debe darse a partir de marzo del 2015.

La propuesta de enmienda también plantea que los presidente regionales se denominen "gobernadores regionales" y no podrán ser reelectos al igual que los alcaldes, pero sí revocados de acuerdo a la ley. También alcanza a los regidores.
El mandato de estas autoridades será de cuatro años (como hasta ahora) y en el caso de los gobernadores regionales podrán ser citados al Congreso para que rindan cuentas de la gestión.

RECIÉN ELECTOS PODRÁN POSTULAR
Pero esta Ley no alcanzaría a las autoridades que fueron electas en las elecciones del pasado 5 de octubre o los presidentes regionales en la segunda vuelta del 7 de diciembre último, por no ser retroactiva.

Por lo tanto, los electos y ahora ya en funciones, podrán tentar la reelección en el 2018, pues la Ley así los faculta. De plácemes están los susodichos que con pompa y derroche empezaron el año y sus gestiones, en sus juramentaciones con el “pueblo”. Conocedores de la trampa, ya empezaron a hacer caja para la futura campaña. Regresamos.

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