viernes, 31 de julio de 2015

II PARTE: HOSPITAL REZZOLA DE CAÑETE ES UNA COLADERA PERO GESTIÓN CHUI PROTEGE A MALOS FUNCIONARIOS

En nuestra I Parte denunciamos los hechos irregulares que vienen sucediendo en la provincia de Cañete, especialmente en el Hospital Rezzola.
Pues se comenta que los Castillo y Vásquez en Huarochirí, lo Custodios y Mancinis en Cañete, los Polos y Núñez en Huacho y Barranca, los Denis y Virus en Huaral y Chancay,  y otros, serian en la sombra quienes gobernarían la actual gestión regional.  En los próximos días nuestras fuentes no indican que audios y videos corroborarían estas denuncias.

II PARTE: EL FESTÍN DEL REZZOLA
En este nosocomio se favoreció a la empresa WP BIOMED E.I.R.L., con las órdenes de servicios 346, 414, 447, y 537, 520, 355 y 518. Todas estas órdenes de compra fueron para la adquisición de material de laboratorio. Fraccionaron las mismas a pesar de que correspondan a una misma específica de gasto y a una misma meta presupuestal, cuando debieron realizarse a través de una sola compra bajo el tipo y modalidad de procesos que demande dicha contratación.

La entidad se perjudicó con la suma de S/. 17, 260 soles, al efectuarse dos compras por un mismo rubro, de acuerdo a las órdenes de compra 447 y 537 de fecha 09 y 30 de mayo del 2015. Corresponden a compras de “hemograma automatizado diferencial 5 estirpes”. Cada una por S/. 8,640.00 soles. La compra se hizo fraccionada para favorecer al proveedor, debieron hacerse las mismas en un solo proceso.

SE DESCUBRE ADJUDICACIÓN IRREGULAR
Se convocó a adjudicación mediante la ADS 002-2015-HRC, por subasta inversa publica de fecha 28 de mayo; por la cantidad de 20,400 galones de petróleo B5 y 960 galones de Gashol 90 plus, por un valor de S/. 229, 134.500 Soles.

Se descubrió que en el acta de otorgamiento de la buena pro, se determinó un fraccionamiento cuando el proceso fue convocado por un mismo rubro (combustible), contraviniendo la norma en cuanto a la dispuesto en el numeral 7.3., de la directiva N° 015-2012-OSCE-CD, incurriendo en el causal de nulidad tipificada en el articulo 56° de la Ley de contrataciones y adquisiciones del estado; ya que en dicho acto se debió considerar los laces por el porcentaje determinado al monto total del ítem convocado y no por el monto total del proceso. Y del precio mejor ni hablemos.

Lo curioso es que el administrador y el jefe de logística jamás entregaron documentación de  las compras anteriores de combustible, pues seguramente las diferencia serian notorias en terminamos económicos. Así las órdenes de compra 032, 103 y 409 probarían la denuncia. No pudendo comprobarse si existió una contratación complementaria. Hasta en eso se creen vivasos, obviamente sabiéndose protegidos.

En nuestra III Parte otro hechos que probarían presuntos actos de corrupción, pero que a pesar de existir un informe tan contundente emitido por una comisión enviada por el mismísimo Chui, nada sucede y nada pasa. ¿Qué alianzas oscuras existen entre Chui y los que mal manejan el Rezzola?. Creo que estamos muy cerca de conocerlos.

Mientras tanto el amigo de Custodio y administrador del hospital Rezzola, Jorge Velásquez Reto se ríe de todos, y el director ejecutivo Leonardo Budd Yacila, se siente más fortalecido que nunca al saberse protegido, pues se comenta que solo “favorecieron” a los “proveedores de la gestión”. Repudiable. Regresamos. 

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