Sospechosamente el procurador público de la Municipalidad provincial de
Barranca apeló fuera de plazo, el proceso penal que favorece a PATRICIA LIZET GOMERO ESPEJO, conviviente del
alcalde provincial ELGAR MARREROS, y que ordena el pago de más de S/. 170 mil
soles.
La citada fémina interpone demanda penal a la comuna provincial
aduciendo silencio administrativo negativo que deniega el reclamo (Exp.
RV-11954-2012) formulado en sede administrativa, presentado el 11 de setiembre
del 2012, sobre reconocimiento de fecha de ingreso, homologación de
remuneración, reintegro de beneficios económicos otorgados por convenios
colectivos, programación de descanso vacacional con el pago de la remuneración
correspondiente y pago de una indemnización por daños y perjuicios.
El Dr. HECTOR MEDRANO SAAVEDRA del Juzgado Civil de
Barranca, según expediente 00027-2013-0-1301-JR-LA-01 sobre la ACCION
CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA presentada por la conyugue de ELGAR MARREROS falla:
Declarar FUNDADA en parte la demanda y, en consecuencia ORDENÓ que la
Administración demandada, a través de su Alcalde (ESPOSO DE LA DEMANDANTE)
1.- Cumpla con reconocer como
fecha de ingreso de trabajo el 07 de enero del 2003 para todos los efectos y
que este se registre en el libro de planilla y boletas de pago.
2.- Cumpla con otorgar los descansos vacacionales con el pago de la
remuneración correspondiente de los períodos 2003 al 2012 e intereses a
liquidarse en ejecución de sentencia.
3.- Cumpla con homologar la remuneración de la demandante en la suma de
S/.1,510.00, más los devengados que generarán desde setiembre del 2012 e
intereses a liquidarse en ejecución de sentencia.
4.- Cumpla con pagar a la demandante los beneficios de las negociaciones
colectivas hasta el 17 de enero del 2013
en la suma de S/. 142,038.35 SOLES, más intereses, además de los devengados e
intereses a liquidarse en ejecución de sentencia.
5.- Pagar a la demandante la
suma de S/. 10,178.66 SOLES como Indemnización por Daños y Perjuicios, más
intereses de ley computados desde la fecha de notificación con la demanda.
Pero acá viene lo increíble. Según la Ley, el Procurador Publico de la
comuna provincial debió apelar siguiendo los plazos que indica la Ley, pero
presumiblemente lo hizo pero vencido el plazo para apelar, por lo que ni corta
ni perezosa la conviviente de ELGAR MARREROS, solicito el cumplimiento de la
sentencia, es decir exigir el pago inmediato de esa inmensa suma de dinero a su
…..Conyugue, por ser este el representante legal de la municipalidad. COSA DE
LOCOS.
Obviamente ELGAR MARREROS le pagará más que inmediatamente a la madre de
sus hijos, aduciendo que es un fallo judicial en la que podría ser denunciado…..,
por lo que Barranca se perjudicaría, más de lo que está por haber elegido a
este sinvergüenza. Continuará.
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