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viernes, 6 de julio de 2018

JNE DEJA FUERA DEL PROCESO ELECTORAL A TODOS LOS ALCALDES QUE POSTULEN A OTRA ALCALDÍA


El JNE le dio la razón a un Jurado Electoral Especial (JEE) de la región Ucayali que declaró improcedente la inscripción de una lista, a través de la Resolución N° 0442-2018-JNE del 27 de junio de 2018, porque el candidato a alcalde ocupa actualmente el mismo cargo pero en otro distrito, lo cual está prohibido según la Ley N° 30305.

TODOS LOS ALCALDES
El JNE puntualizó que la prohibición de reelección se aplica para los alcaldes que fueron elegidos en los comicios municipales de 2014 y en las Elecciones Municipales Complementarias de 2015 y la norma “no hace distingo de jurisdicciones territoriales”.

ALCALDES VACADOS
Igualmente, dice que aplica para los alcaldes elegidos en los citados procesos electorales que fueron vacados, revocados y suspendidos del cargo por inhabilitación judicial, mandato de detención o falta grave. También están comprendidos los burgomaestres elegidos en el referido período que no juraron al cargo.

JUSRISPRUDENCIA
En la región Piura ya quedó fuera Aldo Erick Álvarez Ocaña, actual alcalde del distrito San Juan de Bigote (Morropón) y candidato a la alcaldía distrital de Canchaque (Huancabamba). 

ALGO MÁS
En caso que el JEE admita listas de actuales alcaldes que postulan por otras jurisdicciones están serán declaradas improcedentes por el JNE.

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