El gobierno del
Ing. Martin Vizcarra rubricó el día de hoy el DE N° 05, el mismo que fue
publicado en el diario oficial “El Peruano” de inmediato, con la finalidad de
reducir el gasto público en materia de bienes y servicios y otros gastos, quedando
prohibidos los siguientes en la parte resolutiva:
Dispóngase el límite
de gasto para bienes y servicios en las entidades del Gobierno Nacional
señalados en el Anexo 3 del presente Decreto de Urgencia, conforme a lo
siguiente:
a.1 En materia de
seminarios, talleres, promoción e imagen institucional: “Seminarios, talleres y
similares organizados por la Institución”, “Servicios de imagen institucional”.
a.2 En materia de
gasto por libros, diarios, revistas y otros impresos: “Libros, diarios,
revistas y otros bienes impresos no vinculados a enseñanza” y “Servicio de
impresiones, encuadernación y empastado”
a.3 En materia de
comisión de servicios: “Pasajes y gastos de transporte”, 2.3.2 1.1 2 “Viáticos
y asignaciones por comisión de servicio”, “Otros gastos “Pasajes y gastos de
transporte”, “Viáticos y asignaciones por comisión de servicio”, “Otros gastos”
a.4 En materia de
atenciones y celebraciones oficiales: “Atenciones oficiales y celebraciones
institucionales” y “Otras atenciones y celebraciones”.
a.5 En materia de
publicidad y difusión: “Servicios de publicidad” y “Otros servicios de
publicidad y difusión”.
Este decreto de
urgencia es de obligatorio cumplimiento por todos los gobiernos regionales y
locales hasta el 31 de diciembre del 2018.
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