Mediante informe
00818-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de fecha 17 de diciembre del 2019, se ha
resuelto “NULIDAD DE OFICIO de resoluciones de instauración y sanciones por
abandono de cargo en periodo de huelga, dispuesta por la dirección regional de
educación de Lima provincias.
Como se conoce
mediante la R.D.R. N° 001094-2019-DRELP de fecha 28 de agosto 2019, el director
de la Drel Jesús Melchor Veliz Victoriano, resolvió iniciar procedimiento de
nulidad de oficio de las resoluciones directoral de las ugeles 09, 10,11, 12,
13, 14, 15 y 16, con respecto a los Procesos Administrativos Disciplinario
Sancionadores seguidos contra los Docentes por las ausencias llevadas a cabo en
las fechas 18 de junio de 2018 al 03 de julio de 2018. Asimismo se ordenó a
dichas ugeles se suspendan todos los Procesos Administrativos y por ende su
reposición inmediata.
El hecho se agrava
porque mediante Oficio N° 222-2019-GRL/GGR de fecha 10 de octubre de 2019, la
Gerente General del Gobierno Regional comunica al Ministerio de Educación que
no existen elementos para iniciar el procedimiento de Nulidad de Oficio de la
Resolución Directoral Regional N° 001094-2019-DRELP.
El Ministerio de
Educación, indica que las acciones adoptadas por las UGELs de la Región Lima de
instaurar y sancionar a los profesores por haber incurrido en abandono de
cargo, a partir del 21de junio del 2018 y durante el periodo que acataron la
huelga en cada caso en particular, SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE JUSTIFICADA EN EL
MARCO LEGAL VIGENTE.
Además, se debe
agregar que las sanciones impuestas por las UGEL vienen siendo confirmadas por
las Salas del Tribunal del Servicio Civil (Resolución N°
1640-2019-SERVIR/TSC-Segundo Sala, Resolución N° 2358-2018- SERVIR/TSC-Segundo
Sala), hechos que confirman que las UGEL están garantizado el debido
procedimiento a los profesores procesados por abandono de cargo.
En ese sentido, el
Ministerio de Educación pone de conocimiento del Gobierno Regional a efectos
que disponga la nulidad de las R.D.R.N° 001094-2019-DRELP y la R.D.R. N°
001148- 2019-DRELP, por encontrarse incursa en causales de nulidad, prevista en
el numeral 1) del artículo 10 del TUO de la Ley N° 27444.
Y que se ponga de
conocimiento de la Contraloría General de la República y la Procuraduría
Pública del Ministerio de Educación, los antecedentes del presente informe para
que de acuerdo a sus competencias adopten las acciones administrativas y
penales que corresponda en contra de los responsables (Director de la Drel,
Gobernador Regional, entre otros).
Esperemos que de
inmediato Ricardo Chavarría ordene la destitución del director de la Drelp
JESÚS MELCHOR VELIZ VICTORIANO, pues con su ineptitud ha logrado que sea
denunciado penalmente a la brevedad. La paciencia es nuestra mejor virtud.
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