La jefa de la
Oficina Defensorial del Callao, Delcy Heredia Silva, recomendó a la
Municipalidad Distrital de Supe abstenerse de efectuar cobros indebidos y
cortes al servicio de agua potable que se brinda a los pobladores de las
localidades de Supe y San Nicolás, en el distrito de Barranca, dado que la
única entidad facultada a realizar cobros por la prestación del servicio de
agua y alcantarillado es SEMAPA Barranca S.A.
Mediante un oficio
dirigido al señor Juan Albújar Pereyra, alcalde de Supe, la funcionaria
recomendó respetar la normatividad existente respecto a las prestación de los
servicios de saneamiento en nuestro país, la cual le impide asumir el cobro de
los servicios de agua y saneamiento por ser éste un servicio regulado, siendo
la autorizada para tales fines la empresa antes señalada.
La representante de
la Defensoría del Pueblo recordó que esta situación se generó a partir del
Acuerdo de Consejo Nº 030-SO-CM-MDS-2013 de la Municipalidad Distrital de Supe,
de fecha 06 de septiembre de 2013, en el cual se señala:
“Artículo primero:
ASUMIR temporalmente la ADMINISTRACIÓN de la obra “Mejoramiento y Ampliación
del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de las
localidades de Supe y San Nicolás del distrito de Supe - Barranca”.
Artículo segundo:
PERCIBIR, directamente los frutos que esta produce, es decir, cobrar a los usuarios
de este distrito por el costo que implica mantener temporalmente el servicio de
agua y alcantarillado.
Artículo tercero:
ENCARGAR, a la Gerencia Municipal proceder con los respectivos actos
administrativos que les corresponda para el presente Acuerdo.”
Heredia Silva
explicó que esta asignación irregular de competencias ha originado que la
Municipalidad emita comunicados advirtiendo a la población que se les cortará
el servicio de agua si no efectúan el pago a la autoridad edil –aun cuando
hayan cancelado su deuda ante la empresa- y que no podrán ser abastecidos de
agua potable mediante camiones cisternas.
Finalmente, Heredia
Silva precisó que al ser la empresa
SEMAPA Barranca, la entidad encargada de la prestación efectiva del servicio de
agua y alcantarillado, ninguna disposición puede vulnerar la Ley de Servicios de
Saneamiento, su Reglamento, y demás disposiciones sobre la materia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.