Alejandro Flores
Valenzuela, mas conocido como “Ali” en el distrito de Supe, es un sujeto con
mucha suerte. Sus empresas y el mismo jamás efectuaron venta alguna a entidad
del estado en todo el Perú.
Este sujeto era uno
de los miles desempleados del Perú y que tenía que hacer mil oficios para
alimentar a su familia. No tenía auto, patines, triciclo ni bicicleta y ni
siquiera un burro. Era una persona sin dinero y sin esperanzas. Pero ahora se
da el lujo de “donar” volquetes, autos y motos a la municipalidad de Supe.
¿Cuál
es el secreto?. Ser amigo del alcalde de Supe Juan Carlos Albujar y ser el único
empresario que gana fraccionadamente todas las adjudicaciones de esa comuna.
“Ali”
ahora tiene guardaespaldas y hasta carro propio.
Pero la suerte le
cambio cuando su amigo Juan Carlos Albujar, accede al cargo de alcalde de Supe,
ante la vacancia del ex alcalde David Nishijima. Desde ese día el y sus empresa
recibieron transferencias millonarias para la ejecución de “obras”, mediante el fraccionamiento de pagos,
vulnerando el artículo 19 del Decreto Legislativo No. 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del
Estado, que establece que “Queda prohibido fraccionar la contratación de
bienes, de servicios y la ejecución de obras con el objeto de modificar el tipo
de proceso de selección que corresponda, según la necesidad anual”, (denuncia
que ya obra en la contraloría general de la republica y que en las próximos días
será extensiva al ministerio publico).
En el 2012, en total ALEJANDRO FLORES VALENZUELA, con
sus empresas INVERSIONES NEPTUNO E.I.R.L., ALELUFA SAC y el suyo propio cobraron
la escandalosa suma de S/. 3’015, 572.13 nuevos soles.
En el 2013, este sujeto ya recibió transferencias que superan
los 600 mil soles, en mensos de 3 meses.
INVERSIONES NEPTUNO E.I.R.L., COMPRA VOLQUETE, 3 AUTOS Y 10
MOTOCICLETAS
Pero no solo recibió esa escandalosa
suma sin proceso de adjudicación alguna, sino que también compró maquinarias,
autos y motos a nombre de la empresa INVERSIONES NEPTUNO E.I.R.L., tal como
denunciamos y que son las siguientes:
Autos Marca GREAT WALL Modelo VOLEEX C30, de placas D3S226, D3Q066 y D3Q024; y un camión volquete de Placa
D4V744, Marca CAMC y Modelo HN3230P38D1M3.
Todos estos vehículos fueron presentados por el alcalde Juan
Carlos Albujar como propiedad de la municipalidad distrital de Supe, sin
serlos, pues el único dueño era la empresa INVERSIONES NEPTUNO E.I.R.L., de su amigo Alejandro Flores
Valenzuela, mas conocido como “Ali”.
ANTE LA DENUNCIA, AHORA DICEN QUE ES UNA DONACIÓN
Esta denuncia hizo
que los “asesores” del alcalde, al verse descubierto idearan una tinterillada a
fin de que ante la imposibilidad que la SUNARP les entregue las tarjetas de propiedad
a nombre de la comuna supana, estos vehículos sean parte de la municipalidad, allí
nace la “brillante idea” de la donación.
Se puede engañar a algunos todo el tiempo y a todos algún tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo |
¿Pero alguien en su
sano juicio puede donar un volquete, 3 autos y 10 motocicletas?, si este “empresario”
percibió más de 3 millones de soles como transferencias para la “ejecución de
obras en Supe”, y sin efectuar ningún descuentos
como IGV, beneficios laborales y otros, tendría una ganancia del 20 %,
resultando haber “ganado” 600 mil soles. Sumados todos estos vehículos representan
un costo de 500 mil soles, ¿puede un empresario desprenderse del 90% de su
ganancia para “donarlos” a la municipalidad distrital de Supe?. Esta “donación”
se hace mas imposible, si restamos los pagos a la SUNAT y obreros, que debió
ejecutar la empresa del amigo del alcalde, Alejandro Flores Valenzuela, mas
conocido como “Ali.
¿QUÉ ES UNA DONACIÓN?
De lo investigado y
creyendo en la figura de la “donación”, la empresa INVERSIONES NEPTUNO
E.I.R.L., NO HA DONADO NADAAA.
Las donaciones
constituyen actos de liberalidad de tipo voluntario por el cual una entidad o
persona busca disponer de parte de su patrimonio, para poder transferirlo de
manera gratuita en favor de un tercero, el cual puede ser una entidad sin fines
de lucro o una entidad del sector público.
En este caso esta donación
ficticia representa un beneficio a la empresa, pues no es verdad lo que dice el
alcalde que la empresa Inversiones Neptuno E.I.R.L., deja parte de su ganancia en un bien, en esta
caso un vehículo sino que esta corresponde a una tinterillada para efectuar una
reducción al impuesto a la renta de la empresa en mención.
“DONACIÓN” PARA EVITAR EL PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA
De manera muy vivas
y aprovechando la Ley, la municipalidad le hace un gran favor a la empresa del
amigo del alcalde, pues la Ley establece que las donaciones que sean efectuadas
en favor de las Municipalidades, por las empresas del sector privado, podrán
ser deducidas como gasto, a efecto de que determinen su renta neta de tercera
categoría, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos por
el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento.
Para tal efecto, el
Concejo Municipal -provincial y distrital- será el órgano encargado de emitir
el Acuerdo de Concejo correspondiente aceptando las donaciones que se efectúen
a su favor, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por el numeral 2.5 del
inciso s) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Es decir NO ES
CIERTO que parte de las ganancias (de la
empresa como proveedora de la comuna supana) han sido para efectuar dicha donación,
sino que estas corresponden a los impuestos que la empresa debió pagar y que
por la ley de incentivo a las empresas privadas, esta donación deducirá los
impuestos que deja de pagar Inversiones Neptuno EI.R,L,, quedando “sus ganancias”
intactas siendo estas a su vez millonarias, en perjuicio de otras empresas
Esta es pues una
forma de evadir el pago de impuestos, que es legal, pero eso no deja de ser una
viveza muy criolla. Lo evidente es que el alcalde Juan Carlos Albujar, regidores
y funcionarios, están metidos en una telaraña que les será muy difícil salir.
Mas aun para
aceptar una donaciones importante seguir un procedimiento que la ley establece,
¿lo habrán tomado en cuenta? Primero se tenía que aprobar un Reglamento, y que tendría
que tomar las consideraciones legales siguientes:
Constitución
Política del Perú Artículo 192, Incisos 1, 2, 3; Artículo 194; - Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 Título Preliminar, Artículo II, Artículo 9º, Inciso
20; Inciso 25; Artículo 20, Incisos 3, 4 y 14; Artículos 64, 66, 68 y 149; -Decreto
Supremo Nº 154-2001-EF, D.S Nº 1072003-EF y D.S. Nº 042-2006-EF, Reglamento
General de Procedimiento Administrativo de los Bienes de Propiedad del Estado y
Modificatorias Disposición Complementaria Tercera; Título II, Capítulo 2,
Subcapítulo 5. Artículos 55, 56 57,58, 59; Título III Capítulo 4, Subcapítulo
4, (Concordante con la R. Nº 031-2002-SBN, Directiva que Regula el
Procedimiento para Donación de Bienes del Estado y para la Aceptación de Bienes
Muebles del Estado) Artículos 172, 173, 174, 175; Título VI Sistema Nacional de
Información de Bienes de Propiedad Estatal, Artículo 198. - Directiva Nº
009-2002/SBN, Procedimientos para la Donación de Bienes Muebles Dados de Baja
por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes
Muebles a favor del Estado, Artículo 2, Numerales 2.1, 2.1.1., 2.1.2, 2.1.3
Por ultimo, el Artículo 10º de la LOM establece que es
atribución exclusiva e indelegable del Concejo Municipal, aprobar y aceptar las
donaciones.
¿Habrá sucedió así?, lo cierto es que esto recién comienza
y es muy agradable y satisfactorio desenmascarar la viveza del alcalde,
regidores y funcionarios y también de sus “asesores”. La administración municipal
no es como la chacra de algunos, la verdad se impone tarde o temprano.
NOTA: ¿Inversiones NEPTUNO le habrá donado al alcalde, la
camioneta 0 km marca Toyota modelo Hillux color plomo, en la que ha sido visto
por muchos vecinos?
Regresamos…….
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