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miércoles, 3 de octubre de 2012

CHANCAY: ALCALDE ENTREGA OBRA A EMPRESARIO AMIGO SUPLANTANDO EXPERIENCIA QUE NO EXISTE


OTRA PERLA MÁS DE JUANELO QUE YA SE ALUCINA ALCALDE PROVINCIAL DE HUARAL
Esta semana a dado como regalo de matrimonio a su “amigo” EDGAR ORLANDO PIZARRO GONZALES una obra valorizada en  s/.114,142.74 (ciento catorce mil ciento cuarenta y dos con 74/100 nuevos soles), rompiendo todas las reglas, demostrando además que Juanelo es el que dirige todos los concursos a dedo, dando estos a sus más allegados, por decir lo menos.
El señor Pizarro no reúne los requisitos para ganar este concurso debiendo presentar la documentación que sustente la experiencia que tiene para la ejecución de estas obras.
Como se puede ver en el documento, Juanelo pide permiso a al alcalde de Huaral para casar a su amigo en Chancay… y esta semana le regala una obra, rompiendo todas las normas establecidas para ello, como:
Sustentando amañadamente en complicidad con Juanelo, que tiene experiencia en obras ejecutadas que suman 377,462.95 Nuevos Soles.
Pero según OSCE esta no pasa de 6,047.00 Nuevos Soles.
PRUEBAS:
SEGÚN: EL COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE (de Juanelo)(X) (Que lo conforman: Olivia Mamani Puma, Ismael Buitrón Cachua y Miguel Pachas Mendoza)
DICE:
Procediendo a calificar a los postores ADMITIDOS según factores de evaluación con el siguiente resultado.

1.-  PIZARRO GONZALES EDGAR ORLANDO

        EXPERIENCIA DEL POSTOR
·          PRESENTA S/.377,462.95 …… Obtiene    50 puntos
       
 Plazo de ejecución del servicio     
·         OFERTA 113 DIAS …………………..Obtiene    50 puntos                     

Al obtener el postor PIZARRO GONZALES EDGAR ORLANDO  obtiene 100.00  puntos por lo que  su propuesta  califica para la apertura de sobre económico
Acto seguido se procede a la apertura de sobre económico del postor:

1.- PIZARRO GONZALES EDGAR ORLANDO.

El postor PIZARRO GONZALES EDGAR ORLANDO oferta el precio total de  s/.114,142.74 (ciento catorce mil ciento cuarenta y dos con 74/100 nuevos soles), adjunta a su propuesta la garantía de seriedad de oferta Carta Fianza de la entidad financiera CAJA MUNICIPAL SULLANA, de fecha 27.09.12 por el monto de S/.2,200.00 (dos mil doscientos con 00/100 nuevos soles), y que vence el día 16.12.12.
En tal sentido el Comité Especial Permanente luego de la conciliación del puntaje técnico y económico procede a otorgar la buena pro a PIZARRO GONZALES EDGAR ORLANDO por la suma de s/.114,142.74 (ciento catorce mil ciento cuarenta y dos con 74/100 nuevos soles), por encontrarse dentro del precio establecido en las bases.

Siendo las 12:50 horas del mismo día firman en señal de conformidad, no sin antes dar lectura.
EL COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE.

EXPERIENCIA DE PIZARRO SEGÚN OSCE (Y)
Item #
Descripción
Fecha de Buena Pro
Valor Referencial (S/.)
Monto Adjudicado (S/.)
1 MC 135-2007-H.CH.Y.SBS-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - HOSPITAL CHANCAY Y SERVICIOS BASICOS DE SALUD UE 1290
LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO Y REALIZACION DE PLANOS SANITARIOS
1
LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO Y REALIZACION DE PLANOS SANITARIOS
31/10/2007
6,047
6,047
SubTotal
6,047
6,047
Totales
6,047
6,047
RESUMIENDO:
1.- Según CEP (Juanelo): Experiencia de Pizarro es: S/. 377,462.95 (X)
2.- Según OSCE  : Experiencia de Pizarro es: S/  6,047.00      (Y)
MALOS ANTECEDENTES DE LA PRESIDENTA DEL COMITÉ ESPECIAL: OLIVIA MAMANI PUMA, VIENE DESDE EL 2003
http://www.datosperu.org/tb-normas-legales-oficiales-2003-Julio-20-07-2003-pagina-38.php NORMAS LEGALES  Lima, domingo 20 de julio de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY  Instauran proceso administrativo disciplinario contra ex funcionarios por responsabilidades derivadas de examen de estados financieros del año 2000
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 574-2003-MDCH/A Chancay, 17 de julio del 2003 VISTO, el Informe Nº 001-2003-CEPAD/MDCH, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Chancay, designada por Resolución de Alcaldía Nº 056-2003-AL/MDCH; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 11º del D. Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, así como los Arts. 27º y 29º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por la R.C. Nº 162-93-CG/DS y en uso de sus atribuciones conferidas en los Arts. 19º y 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control, convocó a Concurso Público de Méritos Nº 08-2001-CG, a efectos de designar a la Sociedad de Auditoría para realizar Examen a los Estados Financieros y otros aspectos operativos de las entidad; Que, la Contraloría General de la República, mediante R.C. Nº 208-2001-CG, designó a la Empresa Mosaihuate Contadores Públicos S.A., para llevar a cabo el Examen a los Estados Financieros correspondiente al año 2000 a la Municipalidad Distrital de Chancay; Que, del Informe Final presentado por la Empresa Mosaihuate Contadores Públicos S.A. se desprenden veintiocho observaciones correspondientes al Examen a los Estados Financieros del año 2000, las mismas que están referidas a que los Estados Financieros no se ajustan a las normas y directivas vigentes; Que, mediante informe del visto, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha determinado que existen indicios razonables de responsabilidad administrativa incurrida por los ex funcionarios: Sra. Elsa Espinoza Dulanto, Dra. Patricia Osorio Ruiz, Srta. Olivia Mamani Puma, Ing. Luis Aparcana Mateo, C.P.C. Armando Robles Espinoza, C.P.C. Walter Coca Morales, Srta. Mariela Espinoza Lagos, Sta. Melva García Atalaya, Sra. Dora Torero Reyes, Sra. Eva Fernández Flores, Sr. Orlando Duque Flores, Sra. Aurora Muñoz Sifuentes, Dr. Juan Bardelli Lartirigoyen, conforme se evidencia en las Observaciones y Conclusiones del Informe final, constituyendo faltas de carácter disciplinario que son pasibles de sanción, encontrándose tipificadas en el Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público; Que, en este contexto resulta pertinente instaurar el correspondiente Proceso Administrativo Disciplinario contra los referidos ex funcionarios, por lo que se hace necesario emitir la Resolución de Alcaldía que instaure dicho proceso; Que, estando al pronunciamiento y calificación de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y de conformidad con lo prescrito en el Art. 167º del D.S. Nº 005-90-PCM y el Inc. 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los siguientes ex Funcionarios: Elsa Espinoza Dulanto, ex Jefa de la Oficina de Administración y ex Directora Municipal; Dra. Patricia Osorio Ruiz, ex Directora Municipal; Olivia Mamani Puma, ex Jefa de Planificación y Presupuesto; Ing. Luis Aparcana Mateo, ex Director de Desarrollo Urbano; CPC Armando Robles Espinoza, ex Jefe de Abastecimiento ex Jefe de Contabilidad; CPC Walter Coca Morales, ex Jefe de Contabili-
Increíblemente, actualmente sigue trabajando en la Municipalidad de Chancay, como Presidente del Comité Especial, el órgano que se encarga de la ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS en la Municipalidad de Chancay.
OTRA MÁS DE MAMANI PUMA

Alcalde de Chancay fue denunciado por colusión y malversación de fondos

Los regidores del distrito de Chancay, Gina Pérez y Manuel Serraty presentaron su denuncia ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral contra Juan Álvarez Andrade alcalde de Chancay, y los funcionarios Ana Maria Paredes de Zurita Gerenta Municipal, Ángel Olaya Rolando Gerente de Administración de Recursos y contra Olivia Mamani Puma Sub Gerente de Asesoría General por el presunto delito de colusión y malversación de fondos.
Uno de los fundamentos de la denuncia es la adquisición de un predio agrícola de 1.5 has que mediante acuerdo de concejo fue aprobado por 4 regidores, cuyo monto ascendió a 159, 520 dólares americanos, predio que serviría para la construcción de un nuevo mercado municipal, sin embargo los beneficiarios que son los comerciantes informales ya tienen sus predios en otras zonas de Chancay, asimismo ya existe un mercado municipal que es subsidiado por la municipalidad, por lo que se considera esta adquisición se realizó sin contar con un proyecto técnico la que permite establecer los costos beneficios de la inversión, considerado requisito primordial que se encuentre aprobado por la unidad evaluadora , ya que la municipalidad se encuentra inmersa en las normas de Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Y ASÍ JUANELO QUIERE SER EL PRÓXIMO ALCALDE DE LA PROVINCIA DE HUARAL…………………

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