La situación legal del Alcalde distrital de Paramonga, Fernando Alvarado
entró en cuidados intensivos. Y es que pedido de vacancia presentado por el
vecino Pablo Ramírez Zaldívar por tener una sentencia vigente por el delito
contra el patrimonio en la modalidad de estafa, consentida y ejecutoriada no es
cosa de juego.
Hoy muy valiente convocó a sesión de concejo extraordinario que tuvo
como único punto en agenda dicho pedido, pero cuando se pensaba que el Tte
Alcalde iba a presidir la sesión, el alcalde Alvarado designó al regidor de la oposición
Miguel Espíritu, quien hizo un triste y patético papelón.
MATONES IMPIDIERON INGRESO DE VECINO QUE PIDIÓ VACANCIA
El ciudadano que presentó el pedido de vacancia contra Alvarado, fue
impedido de ingresar a la sesión por energúmenos matones presumiblemente
contratados por el alcalde, por lo que no pudo sustentar su pedido tal como lo
establece la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972.
Según la Ley el cargo de alcalde se declara vacante por el concejo
municipal, si la autoridad ha incurrido en alguna de las diez causales
establecidas en el artículo 11º o 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades y
el que solicita la vacancia cumple con presentar la documentación probatoria
requerida por cada una de las causales.
CONCEJO MUNICIPAL DEBÍA DECLARAR VACANCIA DE ALVARADO
La vacancia es declarada por el correspondiente Concejo Municipal o
Regional, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus
miembros, previa notificación del afectado para que ejerza su derecho de
defensa
El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia municipal es
susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del
plazo de 15 días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal.
El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de
apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el
concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15
(quince) días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados en el término de
3 (tres) días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en un
plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles.
REGIDORES SOLICITAN UN MES PARA “ESTUDIAR” EL PEDIDO DE
VACANCIA
Por lo tanto, con lo acordado el día de hoy en que se convocara a otra sesión
de consejo edil en un mes, la agonía de Alvarado se alargara unos meses más,
aunque ya su suerte está echada, a pesar de la protesta de sus ayayeros que hoy
se hicieron presente con portátil incluida.
Esta es una crónica de muerte anunciada, y sin ser chamanes debemos llamar
al Tte. Alcalde de nombre LEE FU como futuro alcalde distrital de Paramonga. Aunque
usted no lo crea. Regresamos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.