Cuando
la corrupción descarada toma su auge, es porque nadie dice nada y a la
población los hace cómplices
Población Tomasina otra vez
indignada. Documento presentado a la Mesa de Partes de la Municipalidad
Distrital de Tomas, pide la Vacancia del actual Alcalde Elmer Avelino Bonilla
Castillo, por incurrir al delito de NEPOTISMO, ya que reiterativamente había
venido contratando a su Primo hermano, el Sr. Fredy Claudio Bonilla Inga,
demostrando claro favoritismo familiar, sin importarle las prohibiciones
correspondientes a tales delitos.
“Lo importante es esclarecer al
pueblo Tomasino de lo indignado que estamos, porque de esta manera se está
demostrando que en nuestro pueblo se han perdido los valores y más las leyes.
Tal es el egoísmo del Alcalde y de muchas personas implicados a esta elite de
corrupción, creando un círculo vicioso de poder y que tienen que aprovechar
desmesuradamente.
Evidenciamos que no hay amor al pueblo, en la lógica sería
servirse del pueblo y no servir al pueblo. Estamos dando pasos importantes,
para erradicar la corrupción en este distrito, buscando siempre la reflexión de
los pobladores y los hijos residentes en los diferentes puntos del país y del
mundo, a participar de manera activa en las buenas y en las malas en este
maravilloso distrito. Evitemos la actitud convenienciera, hipócrita y
detractora que solo conllevan al divisionismo y al maltrato moral, creando una
cultura de mediocridad. ¡Reflexiona Tomasino!” Invocaron ambos jóvenes.
Acotaron “Invocamos a las
autoridades de turno, sea cual sea su función, a practicar LA JUSTICIA, muchas
veces negando, ultrajando y manipulando las leyes de acuerdo a su conveniencia.
Lo evidente es que este caso quien defienda como tal, estará defendiendo la
corrupción y por ende la destitución de la justicia” Señalaron.
NEPOTISMO: Se da
cuando el funcionario público que tiene capacidad de decisión, ejerce
influencia en forma directa o indirecta para la contratación de sus familiares
dentro de la municipalidad o empresas
municipales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad . Los
grados de parentesco no sólo se ven en línea ascendente si no en forma descendente
y colateral.
El nepotismo es considerado una
práctica inadecuada por cuanto propicia un conflicto de intereses entre el
interés personal y el servicio público; de otro lado, restringe el acceso en
condiciones de igualdad a las funciones públicas, dificulta que las entidades
públicas puedan cumplir objetivamente con las funciones para las que fueron
creadas; debilita un ambiente saludable para el control interno y para la
evaluación; e incluso perturba la disciplina laboral debido a la falta de
imparcialidad del superior para ejercer su potestad de mando en un plano de
igualdad sobre los servidores vinculados familiarmente a los funcionarios con
poder de decisión.
El Nepotismo se encuentra regulado
en nuestro país, por Ley Nº 26771 de 14.Abril.2001, la misma que fue
reglamentada por el D.S. Nº 021-2000-PCM de 27.Jul.2000, modificado por D.S. Nº
017-2002-PCM.
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