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miércoles, 16 de noviembre de 2011

JAIME URIBE ES SUSPENDIDO COMO ALCALDE PROVINCIAL DE HUARAL, HASTA QUE LA CORTE SUPREMA SE PRONUNCIE DEFINITIVAMENTE


LOS ENGREIDOS DE CHUI SON SINVERGÜENZAS...URIBE, ROSA VASQUEZ, DIOMEDES DIONISIO, ULLILEN, JUANELO.......ETC


Y la situación del alcalde JAIME URIBE se complica, pues acaba de ser suspendido por el JNE, en merito del artículo 25, numeral 5, de la LOM que establece que el cargo de alcalde o regidor se suspende por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de libertad. Asimismo, dicho artículo señala que “en el caso del numeral 5, la suspensión es declarada hasta que no haya recurso pendiente de resolver y el proceso se encuentre con sentencia consentida o ejecutoriada. […] De ser absuelto en el proceso penal, el suspendido reasumirá el cargo, caso contrario, el concejo municipal declarará su vacancia”.
Según la sentencia de fecha 30 de marzo de 2010 expedida por el Juzgado Penal Unipersonal de Huaral, se condenó a Jaime Cirilo Uribe Ochoa por la comisión del delito contra el honor —en la modalidad de difamación— a un año de pena privativa de la libertad, suspendida por el periodo de prueba de seis meses, bajo determinadas reglas de conducta, y al pago de cinco mil nuevo soles por concepto de reparación civil, contra la agraviada Ana Aurora Kobayashi Kobayashi de Muroya. Dicha condena fue confirmada mediante sentencia de fecha 12 de julio de 2010, expedida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura.
También es de verse de autos que se encuentra pendiente de resolver el recurso de casación interpuesto ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República. Es decir, la sentencia condenatoria no se encuentra ejecutoriada, ni mucho menos consentida. De esta forma, no puede alegarse ante esta instancia electoral, que dicha pena ha sido cumplida o ha perdido vigencia, pues la ley solo exige la existencia de una doble condena por delito doloso y que esta, a su vez, no se encuentre consentida ni ejecutoriada, caso contrario, procederá la declaración de vacancia conforme lo prevé el artículo 22 de la LOM
En consecuencia, al estar acreditado que Jaime Cirilo Uribe Ochoa cuenta con una sentencia condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de libertad, y se encuentra pendiente de resolver el recurso de casación formulado, se configura la causal de suspensión del cargo de alcalde que ejerce en el Concejo Provincial de Huaral por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la LOM.
ESTA ES LA PARTE RESOLUTIVA DEL EXPEDIENTE N.° J-2011-0682 EXPEDIENTE N.° J-2011-0683 EXPEDIENTE N.° J-2011-0684
EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jaime Cirilo Uribe Ochoa y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 071-2011-MPH-CM que desestimó el recurso de reconsideración presentado contra el Acuerdo de Concejo N.° 062-2010-MPH-CM, que a su vez declaró inadmisible el pedido de reconsideración contra el acuerdo que suspendió a Jaime Cirilo Uribe Ochoa en el cargo de alcalde del Concejo Provincial de Huaral, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo segundo.- DEJAR SIN EFECTO provisionalmente la credencial otorgada al alcalde Jaime Cirilo Uribe Ochoa, hasta que no exista recurso pendiente de resolver ante el Poder Judicial, y el concejo municipal se pronuncie respecto de la vacancia del cargo del mencionado alcalde, en caso de que no sea absuelto del proceso penal. Artículo tercero.- CONVOCAR a Víctor Hernán Bazán Rodríguez y a Germán Hernando Menacho Morán para que asuman provisionalmente el cargo de alcalde y regidor, respectivamente, del Concejo Provincial de Huaral, departamento de Lima, hasta que se resuelva la situación jurídica, antes descrita, del alcalde Jaime Cirilo Uribe Ochoa, y otorgarles las correspondientes credenciales. Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE DE BRACAMONTE MEZA VELARDE URDANIVIA Benites Cadenas Secretario General (e)
¿COMIENZO DEL FINAL?
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ ES EL NUEVO ALCALDE
El JNE ha hecho lo justo y aunque los regidores no querían, ya su jefe fue suspendido, y tal como se prevé con la confirmación de su sentencia en la Corte Suprema de Justicia, será VACADO DEFINITIVAMENTE del cargo de ALCALDE PROVINCIAL DE HUARAL.
Sin duda JAIME URIBE, es bastante suertudo, pues ni l MP ni el Poder Judicial, acelera las denuncias en su contra. ¿Por qué será?, lo cierto es que por fin se hizo justicia.

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