En una medida muy discutible,
la Superintendencia Nacional de Migraciones que es un organismo público y como
tal está obligado a cumplir la ley de transparencia, emitió la resolución N°
042-2015-Migraciones, de fecha 17 de febrero, la misma que estable que la
información migratoria de los ciudadanos peruanos será reservada y corresponde
a la parte de la vida privada de las personas.
Obviamente esta
medida ha generado posiciones contrarias pues según la ley el movimiento
migratorio No es un secreto de estado y no pertenece al ámbito de privacidad.
Es más los
escándalos más sonados de lavado de activos y corrupción han sido descubiertos
gracias a los movimientos migratorios, de las personas involucradas.
Como se recuerda
los registros migratorios de los peruanos eran información pública, por lo
consiguiente con esta ya no se podrá acceder. Según la resolución de marras el
acceso sin restricción alguna al registro migratorio de los ciudadanos produjo continuas
quejas por parte de los titulares de los movimientos migratorios.
Y que para proteger
los derechos fundamentales de los ciudadanos peruanos y extranjeros, la
Superintendencia Nacional de Migraciones,
ha decidido implementar las medidas, precisándose que solo podrá ser
solicitado por el titular de los movimientos migratorios o su apoderado o aquél
que demuestre legítimo interés o por las autoridades pertinentes facultadas por
la norma legal.
Sin duda una medida
muy polémica y arbitraria. Regresamos.
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