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jueves, 6 de octubre de 2011

ESCANDALO: ES INSULTANTE LA IGNORANCIA DE LITA ROMAN Y SUS ASESORES



ESCÁNDALO EN LA REGIÓN LIMA: ROGGER TABOADA, AMIGO DEL TERRORISTA VICTOR POLAY CAMPOS LÍDER DEL MRTA, ES EL ASESOR Y VOCERO DE LITA ROMÁN, PRESIDENTE REGIONAL ENCARGADA

ALGUNOS CONSEJEROS REGIONALES VENDEN SUS SUCIAS CONCIENCIAS. SEGÚN LA LEY Nº 28961, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 31º DE LA LEY 27867, LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES, SOBRE CAUSALES DE VACANCIA Y SUSPENSIÓN, NO EXISTE CAUSAL DE VACANCIA NI SUSPENSIÓN CONTRA EL PRESIDENTE REGIONAL JAVIER ALVARADO


Después de escuchar las estupideces que ha vertido el día de hoy en la mañana, en un medio de comunicación de abierta filiación chuiista, el amigo del terrorista VICTOR POLAY CAMPOS, el inefable y asalariado del PNUD ROGGER TABOADA, quien no solo viene incentivando a la violencia enfrentando a los pueblos hermanos de Huacho y Cañete, acompañado de sujetos de mal vivir y de pasado subversivo, es justo y necesario realizar un análisis, por que la demencia de algunos, se combate con razones legales.

ROGGER TABOADA, ha manifestado que el día 12 de octubre el consejo regional, declarará la suspensión en el cargo del presidente regional JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE.

¿Cómo lo sabe?, imaginamos que los consejeros chuistas, ya se han reunido con la presidente encargada y con su asesor Roger Taboada y eso se habría convenido. ¿Que ganarían?, ya lo dijimos ayer, la entrega de obras para la administración de sus testaferros, el cupo de puestos de trabajo y la co gobernación, en suma la repartija del poder, a espaldas del pueblo.

Pero hasta qué punto , los consejeros regionales pueden declarar legalmente la suspensión del cargo de presidente regional Javier Alvarado Gonzales del Valle.

La respuesta la encontramos en Ley Nº 28961, que modifica los artículos 22º y 25º de la ley N1º 27972 , LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES y el artículo 31º de la Ley 27867, LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES, sobre causales de vacancia y suspensión.

Vayamos al análisis de esta última modificatoria, y encontramos lo siguiente:

ARTICULO 31º SUSPENSION DEL CARGO

El cargo de presidente se suspende por:

1.- Incapacidad física y mental, debidamente acreditada por el organismo competente, y declarada por el consejo regional.

2.- Mandato firme de detención derivado de un proceso penal.

3.- Sentencia penal condenatoria emitida en según instancia por delito doloso con pena privativa de libertad.

En caso que exista alguna de estas causales, el consejo regional acuerda la suspensión por un plazo máximo de 120 días, pero será el JNE, el organismo que resuelva en instancia definitiva y su decisión será inapelable e irrevisable.

En todo este proceso no se puede vulnerar el derecho a la defensa de la autoridad, que tenga cualquiera de estas 3 causales de suspensión.

SE QUEDAN CON LOS CRESPOS HECHOS

Como se puede observar, NO EXISTE causales de suspensión para afectar el derecho del actual presidente regional JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE, y todas estas desinformaciones solo tendrían el fin de generar una corriente favorable, a sus ambiciones personales, sin importarles la ley ni el derecho del pueblo, afectando sus intereses al progreso y desarrollo.

Asimismo, conociendo los antecedentes violentistas de Rogger Taboada y demás camaradas, es importante que la PNP, a través de la DINCOTE, intervenga a fin de comprobar mediante una somera y exhaustiva investigación, los vínculos que podrían haber, al existir elementos de convicción suficientes, con organizaciones subversivas y terroristas, quienes estarían detrás del caos e ingobernabilidad creada, profesamente, en los últimos días.

CONSEJEROS REGIONALES QUE HAN OFRECIDO AL MEJOR POSTOR SUS SUCIAS CONCIENCIAS SERAN VACADOS

De insistir, algunos malos consejeros regionales en ofrecerse como vulgares prostitutas, para estar dentro de la aventura violentista y de tratar de infringir una suspensión a todas luces ilegal, nos dan el derecho a los ciudadanos a solicitar sus vacancias y expectorarlos de consejo regional, pues existen también elementos de convicción suficientes, de convivencia con grupos de extrema, que tendrían vínculos actualmente con la subversión.

Por eso la ausencia de un pronunciamiento del consejo regional y la desaparición muy conveniente, de algunos consejeros regionales que tienen destinos sospechosos, solo seria para facilitarles a los usurpadores, el tiempo suficiente para sembrar elementos disque probatorios, en contra de la gestión de Javier Alvarado.

De todo esto tiene que tener conocimiento la opinión pública, y por eso alertamos a la población a no dejarse sorprender, por elementos extremistas que buscan incentivar la violencia y generar el enfrentamiento entre dos pueblos, no pudiendo esconder su deseo insano, por el poder económico de la región Lima.

Por lo tanto NO EXISTE CAUSAL DE SUSPENSIÓN ni podrán quedarse en el poder, más del 13 de octubre, tiempo del cual serán denunciados con todo el peso de la Ley, por todo el daño que han hecho, en contra de la imagen del Gobierno regional de Lima.

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