A través de una
norma publicada hoy, la Sunarp podrá evitar que grupos delictivos sigan
despojando de propiedades a sus legítimos propietarios.
La Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) ahora tiene la facultad de cancelar
una inscripción realizada por suplantación de identidad o con documentos falsos
presentados al registro por personas inescrupulosas. Así lo establece la Ley
30313 aprobada por el Congreso de la República y publicada este jueves en el
diario oficial El Peruano.
Como se sabe, el
anteproyecto de la norma fue propuesto por la Sunarp para evitar que grupos
delictivos sigan despojando de propiedades a legítimos propietarios o estafando
a los ciudadanos que buscan adquirir un bien.
Hasta antes de la
vigencia de esta norma solo se podía invalidar un asiento registral por mandato
judicial, pero esta situación resultaba excesiva ya que el propietario afectado
debía acudir al Poder Judicial a fin de lograr la cancelación del asiento,
gastando dinero y tiempo para realizar el trámite.
La norma también
modifica la competencia notarial. A partir de su vigencia los notarios solo
podrán extender escrituras públicas de transferencia y gravamen únicamente de
los bienes ubicados en la provincia en la cual el notario tiene competencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.