En nuestra I Parte
denunciamos los hechos irregulares que vienen sucediendo en la provincia de
Cañete, especialmente en el Hospital Rezzola.
Pues se comenta que
los Castillo y Vásquez en Huarochirí, lo Custodios y Mancinis en Cañete, los
Polos y Núñez en Huacho y Barranca, los Denis y Virus en Huaral y Chancay, y otros, serian en la sombra quienes
gobernarían la actual gestión regional. En
los próximos días nuestras fuentes no indican que audios y videos corroborarían
estas denuncias.
II
PARTE: EL FESTÍN DEL REZZOLA
En este nosocomio
se favoreció a la empresa WP BIOMED E.I.R.L., con las órdenes de servicios 346,
414, 447, y 537, 520, 355 y 518. Todas estas órdenes de compra fueron para la adquisición
de material de laboratorio. Fraccionaron las mismas a pesar de que correspondan
a una misma específica de gasto y a una misma meta presupuestal, cuando debieron
realizarse a través de una sola compra bajo el tipo y modalidad de procesos que
demande dicha contratación.
La entidad se perjudicó
con la suma de S/. 17, 260 soles, al efectuarse dos compras por un mismo rubro,
de acuerdo a las órdenes de compra 447 y 537 de fecha 09 y 30 de mayo del 2015.
Corresponden a compras de “hemograma automatizado diferencial 5 estirpes”. Cada
una por S/. 8,640.00 soles. La compra se hizo fraccionada para favorecer al
proveedor, debieron hacerse las mismas en un solo proceso.
SE DESCUBRE ADJUDICACIÓN
IRREGULAR
Se convocó a adjudicación
mediante la ADS 002-2015-HRC, por subasta inversa publica de fecha 28 de mayo;
por la cantidad de 20,400 galones de petróleo B5 y 960 galones de Gashol 90
plus, por un valor de S/. 229, 134.500 Soles.
Se descubrió que en
el acta de otorgamiento de la buena pro, se determinó un fraccionamiento cuando
el proceso fue convocado por un mismo rubro (combustible), contraviniendo la
norma en cuanto a la dispuesto en el numeral 7.3., de la directiva N°
015-2012-OSCE-CD, incurriendo en el causal de nulidad tipificada en el articulo
56° de la Ley de contrataciones y adquisiciones del estado; ya que en dicho
acto se debió considerar los laces por el porcentaje determinado al monto total
del ítem convocado y no por el monto total del proceso. Y del precio mejor ni
hablemos.
Lo curioso es que
el administrador y el jefe de logística jamás entregaron documentación de las compras anteriores de combustible, pues
seguramente las diferencia serian notorias en terminamos económicos. Así las órdenes
de compra 032, 103 y 409 probarían la denuncia. No pudendo comprobarse si existió
una contratación complementaria. Hasta en eso se creen vivasos, obviamente sabiéndose
protegidos.
En nuestra III
Parte otro hechos que probarían presuntos actos de corrupción, pero que a pesar
de existir un informe tan contundente emitido por una comisión enviada por el mismísimo
Chui, nada sucede y nada pasa. ¿Qué alianzas oscuras existen entre Chui y los
que mal manejan el Rezzola?. Creo que estamos muy cerca de conocerlos.
Mientras
tanto el amigo de Custodio y administrador del hospital Rezzola, Jorge
Velásquez Reto se ríe de todos, y el director ejecutivo Leonardo Budd Yacila,
se siente más fortalecido que nunca al saberse protegido, pues se comenta que
solo “favorecieron” a los “proveedores de la gestión”. Repudiable. Regresamos.
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