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viernes, 20 de junio de 2014

¡¡LO QUE USTED DEBE SABER DEL PROCESO ELECTORAL REGIONAL Y MUNICIPAL DEL 5 DE OCTUBRE DEL 2014!!

Mediante Decreto Supremo N° 009-2014-PCM de 24 de enero de 2014 se convocó a Elecciones Regionales y Municipales 2014 para el domingo 5 de octubre de este año. En este proceso electoral serán elegidas las autoridades regionales, provinciales y distritales que gobernarán durante el período 2015-2018. Entre todas las elecciones de autoridades en nuestro país, estas resultan ser las más difíciles tanto para la gestión electoral como para los electores.
Los organismos electorales, además de enfrentar los retos logísticos y de organización que demandan estas elecciones, deben hacerle frente a amenazas —como la violencia organizada en ciertos ámbitos subnacionales— que pueden poner en riesgo la tranquilidad y la libre elección de los ciudadanos. Por su parte, los electores deberán elegir, probablemente entre diversas propuestas partidarias y de candidaturas, a sus presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales, así como a sus alcaldes y regidores provinciales y distritales.
Estas con las autoridades que  tendremos que elegir,  según el ámbito de la región Lima.
LIMA PROVINCIAS
- 1 Pdte. Regional
- 1 Vice Pdte. Regional
- 9 Consejeros Regionales
- 9 Alcaldes Provinciales
- 75 Regidores Provinciales
- 119 Alcaldes Distritales
- 609 Regidores Distritales

PROHIBICION DE LA PUBLICIDAD ESTATAL
- El 24 de enero del 2014 el JNE Convocó a elecciones Regionales y Municipales.
- Desde la fecha de la convocatoria y hasta la proclamación de los resultados queda suspendida la difusión de la publicidad estatal.
- La publicidad estatal queda suspendida desde el 24 de enero del   2014
- La publicidad estatal está suspendida hasta la proclamación de los resultados de las elecciones programadas para el 5 de octubre
- Publicidad estatal son los medios destinados a difundir los servicios que brinda y/o las acciones de todas las entidades del estado.
- La publicidad estatal se difunde en los medios de comunicación (TV, radio), Periódicos, Portal Web, Redes Sociales, paneles, carteles, banners, etc.
- Está prohibida la propaganda política a favor, o difundir información en contra, de cualquier organización política o candidato/a.
- ¿Qué tipo de publicidad está permitida? Aquella que sea de utilidad o necesidad de la comunidad en general. La autoriza el JNE.
- La publicidad estatal permitida no debe contener alusión a colores, nombres, frases, símbolos o signos de alguna organización.
JAVIER ALVARADO NO RESPETA LA LEY, EL ZAMARRO SE ZURRA DEL JNE!!!

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