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viernes, 18 de julio de 2014

¡¡CON LARGO HISTORIAL: ADMINISTRADOR APRISTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN AL DESCUBIERTO!!

Se llama Lino Antonio Vigil Delgado, es aprista con DNI  10474958 y tiene un largo historial. Por donde ha pasado ha dejado huella de su cercanía con la corrupción. Junto a Tiravanti llegaron a la Drelp, este último al estilo del ministro del Interior Urresti, ha desplegado eventos a los cuales ha magnificado mediáticamente para evitar serios cuestionamientos a su encargatura como nuevo guachimán de la Dirección Regional de Educación.

En esta primera parte, encontramos que Lino Antonio Vigil Delgado, es un personaje que ha sido expectorado en casi todos los lugares en donde fue contratado. Siendo Aprista y existiendo una alianza entre Patria Joven y Tello, se supone como llegó a la Drelm; su paso por Ayacucho, Piura, Qaly Warma y la Drelm no ha sido auspicioso.

Pero uno de los detalles amplios del paso de su alma nada santo por  supuesto, por las entidades del estado,  lo encontramos en la Ugel 02 del Rímac. Corría el 2004  y el Ministro de Educación JAVIER SOTA NADAL, firma la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0405-2004-ED.

En esta resolución, imagínense como habrá sido el grado de irregularidad que la firma el propio ministro encontramos: Se ordena iniciar las acciones judiciales pertinentes contra los Sres. Mariela Goñi Gaitan, María Madrid Mendoza, Rafael Cárdenas Chávez, LINO ANTONIO VIGIL DELGADO, Edelmira Argume Galindo, Fredisvinda Pastrana Palacios, Jorge Chávez Murillo, y Justo A. Peñaranda Portugal, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Malversación de Fondos, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 389 del Código Penal.

Solicitud que se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe Nº 002-2003/COMISIÓN CONTRA ACTOS ILÍCITOS-USE 04 que fuera emitido por la Comisión contra Actos Ilícitos del Ministerio de Educación creada por Resolución Nº 223-2002-ED; Que mediante Resolución Ministerial Nº 223-2002-ED de fecha 27 de marzo del 2002, se creó la Comisión contra Actos Ilícitos del Ministerio de Educación. Dicha comisión en cumplimiento de sus funciones y atribuciones, realizó una acción de control en la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, emitiéndose por ello el Informe Nº 002-2003/COMISIÓN CONTRA ACTOS ILÍCITOS-USE 04 de fecha 24 de julio del 2003; Que conforme los exámenes practicados en la acción de control antes mencionada, se detectaron indicios suficientes para sostener la presunción fundada que los Sres. Mariela Goñi Gaitan, María Madrid Mendoza, Rafael Cárdenas Chávez, Lino Antonio Vigil Delgado, Edelmira Argume Galindo, Fredisvinda Pastrana Palacios, Jorge Chávez Murillo y Justo A. Peñaranda Portugal, servidores de la USE Nº 04 de Comas, realizaron una irregular afectación presupuestal de los recursos destinados a los Programas Nºs. 026 (Educación Inicial), 027 (Educación Primaria), 028 (Educación Secundaria), por la suma de S/. 90,637.37 Nuevos Soles, al haberse destinado dicho monto entre los meses de febrero a diciembre del año 2002, para la cancelación de los Servicios de Seguridad y Vigilancia (S/. 49,088.00), de Limpieza (S/. 18,650.00), y No Personales (S/. 22,899.37) de la USE Nº 04;

Que habiendo indicios razonables de la comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Malversación de Fondos, por parte de los funcionarios investigados en el Informe Nº 002-2003/COMISIÓN CONTRA ACTOS ILÍCITOS-USE 04; deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) pertinentes para procesar a los investigados por los perjuicios que le causaran al Estado;
Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 999-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Artículo 47 de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12 del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:  Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/openales) contra los Sres. Mariela Goñi Gaitan, María Madrid Mendoza, Rafael Cárdenas Chávez, LINO ANTONIO VIGIL DELGADO, Edelmira Argume Galindo, Fredisvinda Pastrana Palacios, Jorge Chávez Murillo, y Justo A. Peñaranda Portugal, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Malversación de Fondos, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 389 del Código Penal.

Artículo 2.- Remitir a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación

¿Pero quieren saber en qué quedo esa denuncia y otras en la que está involucrado el aprista Lino Antonio Vigil Delgado, actual administrador de la Dirección Regional de Educación?; en nuestra II Parte el manejo del APRA en licitaciones, nombramientos de encargaturas y complicidad en la gestión corrupta de Javier Alvarado. Regresamos.

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